Política Nacional de Areas de Protección de Ríos, Quebradas, Arroyos y Nacientes 2020-2040. Incluye Plan de Acción 2020-2022
Date
2020Author
Costa Rica. Ministerio de Ambiente y Energía. Sistema Nacional de Áreas de Conservación
MIDEPLAN brindó asesoría
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La política hace referencia a las medidas de protección y las necesidades de coordinación interinstitucional y participación de la sociedad civil, que se requiere para la recuperación, rehabilitación, resguardo y gestión de las áreas de protección establecidas bajo los incisos a) y b) del artículo 33 de la Ley Forestal No. 7575. Con respecto a las áreas definidas en el inciso c), la Política Nacional de Humedales 2017-2030, incorpora procesos de rehabilitación en los objetivos, metas e indicadores del Eje 1: Conservación de los ecosistemas de humedal, sus bienes y servicios y Eje 3: Rehabilitación ecológica de los ecosistemas de humedal. Para las áreas de recarga y los acuíferos de los manantiales definidos en el inciso d), la Política Nacional de Gestión Integrada del Recurso Hídrico incluye estas iniciativas en el Línea de acción: Protección del recurso hídrico. Cabe indicar que, cuando se trate de Áreas Bajo Regímenes Especiales (ABRE), en particular, Áreas Silvestres Protegidas (ASP) y territorios indígenas (TI), continuará aplicando la normativa y estrategias de manejo y conservación que rigen en estos espacios.
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