Continuar los esfuerzos de mejorar en diseño, colocación y distribución de la deuda pública1/
| Objetivo específico: | Crear condiciones para un mercado líquido para protección del inversionista, eficiencia en la política monetaria, reducción costo de endeudamiento y estabilidad del sistema financiero |
| Cobertura geográfica: | Nacional |
| Institución responsable: | Tesorería Nacional |
| Institución co-responsable: | Banco Central de Costa Rica |
| Población objetivo | Indicador | Situación actual | Metas |
| 2002-2006 | |||
| Banco Central de Costa Rica y Ministerio de Hacienda | Porcentaje de deuda pública interna estandarizada | 22,5% de la deuda es estandarizada | 50,0% de la deuda estandarizada |
| Porcentaje de deuda pública interna colocada por medio de la subasta o medios electrónicos | 70,0% de la deuda se coloca por medios electrónicos | 80,0% de la deuda colocada por medios electrónicos |
| Fuente de financiamiento / año | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2002-2006 |
Consultoría internacional para Canje de la Deuda |
- | - | - | - | 20,0 |
1/ La estandarización no se limita
únicamente a establecer condiciones homogéneas para los títulos valores que se emiten,
i.e. mismo
plazo, tasa, periodicidad, etc., como lo efectuado en Costa Rica hasta el momento; el
objetivo último de este proceso es aumentar
la eficiencia del sistema financiero, desarrollar el mercado secundario, mejorar la
efectividad de la política monetaria,
estructurar adecuadamente la deuda del Estado en el tiempo y reducir su costo. Por lo
anterior, el proceso debe continuar
para incorporar además, el establecimiento de un programa regular y preanunciado de
colocaciones, realizar la sustitución
o canje de títulos vigentes por deuda estandarizada, concluir el proceso de
desmaterialización iniciado, dar igual tratamiento
a emisiones públicas y privadas respecto varios conceptos: características de los
títulos según estándares internacionales,
montos mínimos de las emisiones, lograr homogeneidad en los títulos emitidos por las
instituciones públicas, no existencia de
diferentes emisiones según se trate del tipo de tenedor y adoptar en general las
convenciones acordadas internacionalmente en
cuanto a plazos, tasas, valoración, periodicidad, etc.